En el 2017, 197 defensoras y defensores de la tierra y el medioambiente fueron asesinados a nivel mundial. 116 de estos asesinatos ocurrieron en América Latina (como recogieron Global Witness y The Guardian en un trabajo de investigación conjunto). De estos asesinatos, cerca de la mitad (40% en el 2016) son a defensores y defensoras indígenas.
En las Américas, buena parte de los pueblos indígenas está dedicada a cuidar del pulmón del planeta, a la preservación de los territorios, los bosques, las aguas y las selvas del continente americano. Es este papel que tienen por ser pueblos originarios, por su cultura y por su participación activa en la preservación del medio ambiente en la región, el que los pone en riesgo.
Los pueblos indígenas son uno de los grupos en situación de mayor vulnerabilidad en las Américas. Son sistemáticamente sometidos a la vulneración de los derechos humanos y están sujetos a situaciones de discriminación estructural. Son, además, víctimas de la violencia que se genera, en muchas ocasiones, por las limitaciones existentes a la hora de ver reconocidos de manera efectiva sus derechos colectivos como pueblos y su derecho a la consulta. También ven vulnerados sus derechos a la vida y la libertad, mediante procesos de criminalización de sus miembros, uso de legislación antiterrorista, uso de la fuerza contra personas indígenas –por asuntos relacionados a la naturaleza–, y viles asesinatos a personas defensoras de la tierra, en su mayoría provenientes de pueblos originarios.
CEJIL pasó de una mirada principalmente enfocada en los derechos individuales a tratar también reclamos de carácter colectivo. Así, además de llevar a cabo numerosas capacitaciones y reuniones a nivel regional, de producir publicaciones (algunas traducidas a idiomas como el quichua), etc., CEJIL participó con otras organizaciones para conseguir que cesara la represión que vivían las comunidades.
De esta manera, entre las múltiples acciones realizadas, CEJIL acudió a la CIDH junto con el Centro de Defensa Legal Indígena Tob’nel Tinamit, para obtener medidas cautelares en beneficio de la comunidad Maya en Guatemala, para evitar que destruyeran el sitio sagrado Rosario-Naranjo Tulam Tzu, en el que se planeaba construir un complejo habitacional. Lo mismo ocurrió, también en Guatemala, con el caso Colotenango, en el que oficiales de las llamadas Patrullas de Autodefensa Civil, (PACs), atacaron a miembros de la comunidad de Colotenango –tras una manifestación pacifica– dejando varios heridos y asesinando a uno de ellos.
Tras más de seis meses de negociaciones, las organizaciones peticionarias concluimos un acuerdo de solución amistosa con el Gobierno de Guatemala, que comprendió el pago de una indemnización por parte del Gobierno a la familia de la víctima, así como a diversas personas que fueron heridas, lesionadas, amenazadas, hostigadas e incluso obligadas a desplazarse de su domicilio habitual.
CEJIL pasó de una mirada principalmente enfocada en los derechos individuales a tratar también reclamos de carácter colectivo.
En esta línea, CEJIL denunció la situación de las comunidades cautivas del pueblo guaraní en el Chaco boliviano, sometidas a trabajo forzoso y servidumbre e instó a la CIDH a viajar para poder evaluar la realidad de la zona. Como resultado, ese mismo año, la CIDH realizó una visita al país en la que pudo comprobar la información provista por CEJIL y otras organizaciones. Posteriormente, en el 2009, y como resultado de esta visita, la CIDH dio una serie de recomendaciones que sentaron pautas para la elaboración de nuevas políticas para prevenir las relaciones de servidumbre y de trabajo forzoso en el Chaco, como en el resto del país.
CEJIL y las organizaciones con las que trabajó, consiguió que se establecieran sentencias pioneras en relación con los derechos civiles y políticos de personas indígenas en la región. Así, en los casos de Inés y Valentina, quienes fueron abusadas sexualmente en el marco de la presencia militar en los territorios indígenas de la Montaña del estado de Guerrero, logramos la reparación directa a ambas y el establecimiento de estándares sobre cómo deben los Estados garantizar el acceso a la justicia a mujeres pertenecientes a pueblos indígenas.
A su vez, estos casos detonaron la reforma al Código de Justicia Militar en México. Se reabrió la investigación de ambos casos y, en junio del 2018, se condenó a dos militares por la tortura sexual que sufrió Valentina Rosendo. Otro ejemplo es el caso de López Álvarez, encarcelado injustamente y al que se le prohibió durante su tiempo en prisión a hablar su lengua materna, el garífuna: la Corte IDH estableció que el idioma materno representa un elemento de identidad. Igualmente, en el caso YATAMA vs. Nicaragua, logramos el desarrollo de jurisprudencia emblemática sobre los derechos políticos de los pueblos indígenas de preservar su identidad y cultura a través de una participación electoral adecuada.
Tras conceder 135.000 hectáreas de tierra al pueblo originario Kichwa de Sarayaku, el Estado de Ecuador, incluyó esas mismas tierras entre las 200.000 hectáreas que le concedió a la compañía petrolera argentina CGC. En el 2002, miembros de esta empresa entraron a la fuerza en el territorio de Sarayaku, junto con el Ejército ecuatoriano y fuerzas de seguridad privada. Abrieron caminos, exploraron el territorio sembrando pentolita –un explosivo de gran poder destructor–, y deforestaron áreas del territorio, sin importarles el valor sagrado y cultural que aquella tierra, sus plantas y árboles, tienen para la comunidad, y poniendo en grave riesgo la vida de los más de 1 200 habitantes que tiene el pueblo originario Kichwa de Sarayaku.
Gracias a la denuncia que llevamos a cabo ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, junto con la propia Asociación del Pueblo Kichwa de Sarayaku (Tayjasaruta) y el Centro de Derechos Económicos y Sociales (CDES), se consiguió no sólo que se cancelara el contrato sobre el territorio del Pueblo Sarayaku, sino que también el Estado les resarcieran económicamente. El caso creó jurisprudencia emblemática sobre los derechos colectivos de los pueblos indígenas, y constituye un precedente en la lucha de los pueblos indígenas en la región.
En CEJIL, expusimos este caso y la temática que encierra detrás, a través de una iniciativa digital, junto con Amazon Conservation Team, que nos llevó por primera vez al RightsCon, donde inversores, activistas, expertos y expertas en derechos humanos y representantes de gobierno del mundo, entre otros, se unen para mostrar nuevas tecnologías y enfrentar los problemas más desafiantes en la intersección de los derechos humanos y la tecnología.
se consiguió no sólo que se cancelara el contrato sobre el territorio del Pueblo Sarayaku, sino que también el Estado les resarcieran económicamente.
La comunidad Yakye Axa, en Paraguay, es otro ejemplo de lucha por el derecho a la tierra ancestral. Sus miembros son obligados a vivir en una pequeña área a la orilla de un camino, al lado del territorio donde está ubicada su tierra ancestral, de la que fueron despojados. Durante el período de reclamo del territorio, fallecieron dieciséis personas y se dieron múltiples casos de malnutrición y enfermedades graves, que afectaron sobre todo a los niños y niñas y personas ancianas.
Gracias al proceso ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos –que llevamos junto con Tierra Viva– la Corte IDH reconoció el derecho a la propiedad indígena colectiva, desarrollando el significado especial que para los pueblos indígenas tiene su territorio ancestral como base fundamental de su cultura, vida espiritual, integridad y supervivencia económica, y reconoció explícitamente que la posesión ancestral de los indígenas sobre sus territorios tiene efectos equivalentes al título de pleno dominio que otorga el Estado y que, consecuentemente, aquellos que por causas ajenas a su voluntad han salido o perdido la posesión mantienen el derecho de propiedad sobre las mismas aún a falta de título legal e incluso cuando las tierras se encuentren en manos privadas.
CEJIL, además, acompañó la visita de la Corte IDH en noviembre del 2017, en la cual el órgano de la OEA expresó su preocupación por la espera que aún mantiene la comunidad para acceder a su territorio –viviendo en la vereda de una ruta pública, sin acceso a agua potable, en viviendas de extrema precariedad y sin que el Estado les provea de los servicios de salud, alimentación y educación adecuados–, 13 años después de la sentencia. Como resultado de esta visita, el Estado se comprometió a cumplir con la sentencia y garantizar el acceso del pueblo a su tierra ancestral, lo cual se prevé que ocurra en los siguientes meses.
La Corte IDH reconoció el derecho a la propiedad indígena colectiva, desarrollando el significado especial que para los pueblos indígenas tiene su territorio ancestral como base fundamental de su cultura, vida espiritual, integridad y supervivencia económica.
CEJIL lleva años trabajando por los derechos de los pueblos miskitos, tanto en Honduras como en Nicaragua.
En Honduras, debido a las lamentables condiciones de trabajo para los buzos miskitos, que pescan langosta y caracol, ya han muerto más de 400 de ellos y al menos 4.200 tienen algún tipo de discapacidad, producto de esta actividad productiva. El Estado no controla adecuadamente a las empresas involucradas, así, no se les garantiza el acceso a la seguridad social, las condiciones laborales son inhumanas, no previene las violaciones de los derechos a la vida, a la integridad personal ni a la salud y tampoco garantiza el acceso a la justicia debido a fuertes barreras estructurales y geográficas.
CEJIL, junto a la Asociación de Miskitos Hondureños de Buzos Lisiados (AMHBLI), representa a 43 buzos afectados y sus familias e intenta que este caso llegue hasta la Corte IDH, para que se establezcan cambios estructurales que permitan a los buzos miskitos con discapacidad tener una mejor calidad de vida así como establecer reformas normativas que controlen la actividad de la industria pesquera y prevengan este tipo de violaciones.
En Honduras, las lamentables condiciones de trabajo para los buzos miskitos han causado ya más de 400 muertos y al menos 4.200 tienen algún tipo de discapacidad.
La zona costera del Caribe Norte en Nicaragua, tiene una historia de pobreza y violación del derecho de la propiedad de sus habitantes, la mayoría miskitos, que se remonta a los años 90. Esto provocó que se iniciara un proceso en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos que concluyó con una sentencia de la Corte en el 2001, ordenando al Estado nicaragüense a delimitar, demarcar y titular los territorios pertenecientes a comunidades indígenas. A pesar de ello, esta sentencia no se cumplió efectivamente y numerosos colonos, o no indígenas, han invadido territorios indígenas haciendo que la violencia haya ido escalando. En este contexto, en los últimos años han asesinado a 34 miskitos, lesionado a 44, secuestrado a 25, hay cuatro desaparecidos y cerca de 3.000 se encuentran desplazados.
CEJIL y el Centro por la Justicia y Derechos Humanos de la Costa Atlántica de Nicaragua (CEJUDHCAN) solicitaron medidas de protección –primero a la CIDH y posteriormente a la Corte IDH– para las comunidades. Este órgano ordenó crear una comisión que permita resolver el conflicto de fondo, cual es la titulación y entrega efectiva de las tierras a los pueblos indígenas y la expulsión de los invasores.
También se solicitaron medidas de protección para los defensores y defensoras de derechos humanos de CEJUDHCAN, amenazados por el trabajo que realizan en las comunidades. Lottie Cunningham, infatigable defensora de esta causa, lo explica en este vídeo.
En el Caribe Norte nicaragüense han asesinado en los últimos años a 34 miskitos, lesionado a 44, secuestrado a 25, hay cuatro desaparecidos y cerca de 3.000 se encuentran desplazados.
El trabajo de CEJIL en Chile con el pueblo mapuche ha estado basado en la búsqueda del respeto de sus derechos y sus reivindicaciones sociales y políticas. En el 2014, en el caso Norin Catriman y otros vs Chile, CEJIL y el abogado Sergio Fuenzalida, consiguieron una sentencia histórica, en la que la Corte Interamericana condenó por primera vez a Chile por violaciones de derechos humanos cometidas contra integrantes del pueblo Mapuche. En esta resolución, el máximo tribunal de derechos humanos de las Américas, puso en evidencia la aplicación de la Ley Antiterrorista como una respuesta inadecuada del Estado ante la movilización y reclamo del pueblo mapuche por sus derechos ancestrales. Apuntó que Chile no puede mantener leyes antiterroristas que violen los derechos fundamentales de las personas y, menos aún, utilizar esa legislación de manera discriminatoria. Tampoco puede criminalizar la protesta y movilización social, haciendo uso de leyes que, por su naturaleza, deben tener otros fines.
El caso de Alex Lemún fue admitido por la CIDH en el 2013. La denuncia se refería a la ejecución extrajudicial del adolescente mapuche, Alex Lemún, por parte de los Carabineros, y la impunidad en que quedó el caso como consecuencia de su radicación en la jurisdicción militar. Este asesinato, otro ejemplo de la persecución sufrida por el pueblo Mapuche, acabó siendo reconocido por el Estado chileno, el cual se comprometió a reparar integralmente a la familia y adoptar medidas para evitar abusos en el uso de la fuerza por parte de los Carabineros. El reconocimiento del Estado y el compromiso para cumplir con las recomendaciones realizadas por la CIDH que éste firmó con los familiares de la víctima y CEJIL, como representante de éstos, fue un logro que sin duda contribuye a la lucha del pueblo Mapuche en Chile.
En 2014 se logró una sentencia histórica cuando la Corte Interamericana condenó por primera vez a Chile por violaciones de derechos humanos cometidas contra integrantes del pueblo Mapuche
Informe sobre violencia policial contra niños, niñas y adolescentes mapuche e impunidad (2015)
Revista CEJIL Año III, Nº 4 – Debates sobre los derechos humanos y el sistema interamericano (2008)
Gaceta Nº 27, Los derechos de los pueblos indígenas: avances y desafíos del sistema interamericano (2007).
Los pueblos indígenas no sólo han sido y son amenazados físicamente, sino que también su cosmovisión y cultura son objeto de una grave afectación y ataque, que los Estados dejan a menudo desprotegidos, convirtiendo a las comunidades y sus territorios en presa fácil de comisión de violaciones de derechos humanos por parte de actores estatales y no estatales.
Así, el continente cuenta con ejemplos como el del genocidio ixil en Guatemala, el de las esterilizaciones forzadas de las mujeres indígenas en Perú o el peligro de extinción de pueblos indígenas en Colombia, que muestran la discriminación estructural y violencia sufrida por los pueblos indígenas en la región.
Por ello, con nuestro trabajo, no solamente pretendemos colaborar en las reivindicaciones de los pueblos originarios sino que también queremos, conseguir un mayor grado de protección y efectividad del Sistema Interamericano en casos que involucran a pueblos indígenas.
De esta manera, los logros que se alcancen repercutirán en protección, autodeterminación y mejora de la realidad de aquéllos y aquéllas que llevan siglos cuidando de la salud del continente americano.
Los logros que se alcancen repercutirán en protección, autodeterminación y mejora de la realidad de aquéllos y aquéllas que llevan siglos cuidando de la salud del continente americano.
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